sábado, 17 de julio de 2010

El Resguardo Nacional Tributario

El Resguardo Nacional es una entidad fundada, organizada y dotada por el Ejecutivo Nacional para velar por los bienes que conforman la hacienda Pública Nacional; favorecer a los encargados de la administración de dichos bienes y a los funcionarios de administración; inspección y fiscalización de las rentas nacionales; así como impedir, perseguir y evitar el contrabando y cualquier otro fraude a las rentas.

Misión: Ejercer el Resguardo Nacional como órgano de auxilio y de apoyo de la Administración Aduanera y Tributaria en la prevención, persecución e investigación de los ilícitos en materia aduanera, tributaria y financiera con el fin de dar una respuesta oportuna y adecuada al Estado Venezolano.

Visión: La Visión de la Dirección de Resguardo Nacional está orientada a mediano y largo plazo a la consolidación del servicio mediante la creación del Comando Operativo Único de la especialidad, con amplia competencia y reconocido prestigio, confianza y credibilidad en el ámbito nacional e internacional como resultado a su creciente nivel de productividad, administración transparente, alto nivel de tecnificación; todo esto proveniente de un recurso calificado y comprometido con la institución, ratificando nuestra condición de órgano principal de apoyo al Estado Venezolano en el área de las finanzas publicas.

Antecedentes del Resguardo Nacional Tributario: En el año 1995 mediante Decreto N° 555, de fecha 08 de febrero, publicado en la Gaceta Oficial N° 35.658, se crea el Resguardo Nacional Tributario, cuyo objetivo fundamental es equilibrar las actividades del Resguardo Nacional y otorgarle la capacidad a la Guardia Nacional para desempeñarse como órgano auxiliar y de apoyo al SENIAT, en el área de los tributos internos.
El 17 de Octubre de 2001, fue publicado en Gaceta Oficial el nuevo Código Orgánico Tributario, el cual posee una sección titulada “Resguardo Nacional Tributario” (artículos 140 al 144) asignando competencias a la Guardia nacional en esta materia y los artículos 121 (numeral 18) y 127 (numeral 13), establecen la vinculación con la autoridad tributaria. La Guardia Nacional, de acuerdo a las disposiciones legales debe llevar a cabo sus actividades de resguardo nacional bajo la dependencia funcional del Ministerio de Finanzas y del SENIAT.

Generalidades: El Resguardo Nacional Tributario tiene como finalidad general investigar, perseguir y evitar los ilícitos tributarios, y cualquier acto que viole las normas tributarias.
Dicho resguardo es ejercido por la Fuerza Armada Nacional con actuación de la Guardia Nacional (Comandante Estatal o Regional).
Al ámbito de aplicación del Resguardo Nacional Tributario comprende todo ente que realice actividades de comercio y que sea susceptible de pagar un tributo fiscal; dicha institución está obligada y es su deber permitir las inspecciones correspondientes a los funcionarios de la Administración Tributaria en compañía de la Guardia Nacional.
La Administración Tributaria en conjunto con el Resguardo Nacional Tributario, cumpliendo con los fines y programas, establecerá y mantendrá un servicio de información y coordinación con organismos internacionales tributarios, con la finalidad de mantener relaciones institucionales, conseguir programas de cooperación y asistencia técnica para su modernización.

Funciones del Resguardo Nacional Tributario:
a) Aguardar las necesidades y requerimientos de los funcionarios(as) de la Administración Tributaria, con la finalidad de ejercer los trabajos de fiscalización e investigación de ilícitos tributarios.
b) Suministrar a la Administración Tributaria medios telemáticos, notificaciones, ubicación de contribuyentes, responsables y terceros; y cualquier otro apoyo cuando esté dentro de sus facultades, de acuerdo con las disposiciones de Código Orgánico Tributario.
c) Amparar a la Administración Tributaria en la investigación de libros, documentos, archivos y otros aspectos objeto de la visita de inspección, y asumir las medidas de seguridad necesarias para su permanencia y tramitación al órgano competente, acotando las disposiciones del Código Orgánico Tributario.
d) Socorrer a la Administración Tributaria si se da el hecho de que los contribuyentes, responsables o terceros opongan resistencia en la entrada a los lugares que fuere necesario inspeccionar como: depósitos, almacenes y demás establecimientos, incluyendo los documentos que deben presentarse para que los funcionarios cumplan con sus atribuciones.
e) Respaldar a la Administración Tributaria en la retención de mercancías, aparatos, instrumentos, entre otros que puedan ser objeto de contrabando y comercio ilícito.
f) Actuar como auxiliar de los órganos jurisdiccionales en la práctica de las medidas cautelares.
g) Las demás funciones que establezca la ley.

En conclusión se puede establecer que el Resguardo Nacional Tributario es un órgano auxiliar de la Administración Tributaria y su presencia se requiere para de una manera u otra combatir los ilícitos tributarios como por ejemplo la elaboración clandestina de licores conocidos como comercio ilícito. Mientras el comerciante o contribuyente, responsables o terceros desarrollen actos lícitos apegados a la norma, el proceso de fiscalización se dará de una forma más eficiente sin afectar a las partes interesadas.

1 comentario:

  1. El Resguardo Nacional busca proteger los bienes que conforman la Hacienda Pública, busca evitar el contrabando y el fraude de la renta, es una entidad fundada por el Ejecutivo Nacional y tiene como misión el apoyo de la Administración Aduanera y Tributaria; el Resguardo Nacional investiga, persigue y evita los ílicitos tributarios, este resguardo es realizado por la Fuerza Armada Nacional por medio de la Guardia Nacional.

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